Dioxitek y el juez Vaca Narvaja: acuerdos de confidencialidad

El predio de Dioxitek S.A. ubicado en el Complejo Fabril Córdoba de la Comisión Naiconal de Energía Atómica. Crédito: Jorge Peñaranda / La Voz.


La empresa estatal introdujo actores privados no identificados en una causa judicial clave y alegó acuerdos de confidencialidad. El vínculo con NANO Nuclear Energy abre interrogantes sobre el cumplimiento de lo acordado con la Justicia.

Por Cristian Basualdo

Vemos un horizonte de ocho años para lograr mover la planta de Córdoba a la planta de Formosa” dijo el gerente de Asuntos Jurídicos de la empresa estatal Dioxitek S.A., Dr. Rodrigo Martin, en el Juzgado Federal de Córdoba 3 durante una audiencia el 25 de septiembre de 2025, presidida por el juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja.

El magistrado preguntó a Dioxitek acerca de la posibilidad de que se le acerque un acuerdo a la Municipalidad. Recibió como respuesta una explicación enredada, que copio del acta y pego a continuación: “a partir de la firma de un memorándum con empresas privadas, lo que podemos acercar tiene que ver con dos cuestiones: el esquema de trabajo de lo que demoraría el armado del vehículo de inversión que llevaría una serie de pasos, eso se podría presentar, no se si de inmediato en virtud de los acuerdos de confidencialidad con las empresas privadas”.

De este modo, Dioxitek incorporó de facto a las negociaciones en la Justicia Federal un nuevo actor —“empresas privadas”—, cuyos nombres no fueron informados. Para entender el mecanismo de los hechos hay que considerar que, aproximadamente un mes antes de la audiencia con el juez, Dioxitek había firmado un memorándum de entendimiento con la firma estadounidense NANO Nuclear Energy para producir hexafluoruro de uranio en la denominada Nueva Planta de Uranio, que Dioxitek está construyendo en Formosa.

En ese contexto, Vaca Narvaja debió exigir una copia del memorándum, porque los compromisos asumidos por Dioxitek con NANO Nuclear Energy podrían obstaculizar el cumplimiento de lo acordado en sede judicial. Por ejemplo, si el proyecto implica un cambio en el perfil productivo de la planta de Formosa, esta podría dejar de estar disponible para absorber la producción de Córdoba o requerir una nueva licencia ambiental.

En su carácter de empresa estatal, Dioxitek es sujeto obligado en los términos de la Ley N.º 27.275, de Acceso a la Información Pública. Al momento de suscribir el memorándum, NANO Nuclear Energy, conocía, o cuanto menos debió conocer, el régimen de publicidad al que se encontraba sometida Dioxitek. En este sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa “Giustiniani”, resolvió que la normativa de Acceso a la Información Pública era aplicable a un contrato comercial suscripto entre YPF S.A. y Chevron Corporation.

Rebobinando, antes de terminar, el “vehículo de inversión”, al que hace referencia Dioxitek, difícilmente vaya a surgir de NANO Nuclear Energy, que es una pequeña empresa dedicada a publicitar proyectos de tecnología nuclear para los inversores. Durante el primer trimestre de 2024, NANO Nuclear Energy gastó mucho más en publicidad (434.800 dólares) que en investigación y desarrollo (290.000 dólares). No tiene productos concretos para vender, y no genera ingresos.


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